RESOLUCIÓN 4505 DE 2012
Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de protección específica, detección temprana y la aplicación de las guías de atención integral para las enfermedades de interés en salud pública de obligatorio cumplimiento.
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FECHA MÁXIMA DE REPORTE MENSUAL


Debido a los plazos definidos para la entrega de los indicadores Fénix contemplados en la Resolución 010626 de 2020, (Medida especial de vigilancia) la información debe ser reportada por las ESE/IPS de manera oportuna los primeros diez días calendario del mes.



REPORTE PROCESADO Y OPORTUNO:

Hasta el 10 del mes siguiente del periodo a reportar




Nota: Recuerde: que la información que no sea reportada de manera oportuna, no será tomada en cuenta en la medición de indicadores PEDT de seguimiento contractual, ni para los demás informes que esta sea la fuente de información.
Si poseen alguna dificultad para la interacción con la plataforma se cuenta con la mesa de ayuda mesadeayuda4505@saviasaludeps.com en la cual se le brindará el apoyo respectivo.